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Estructura Orgánica

Estructura orgánica

Organigrama Funcional

Conoce aquí el organigrama organizacional del Fondo Adaptación acorde a la resolución 022 del 17 de enero de 2024.
 
Consejo Directivo
Control Interno

Procesos y Procedimientos

Conoce aquí el mapa de procesos del Fondo Adaptación.
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Directorio de funcionarios

Directorio de contratistas

<br>Helga María Rivas

Nivel Académico

Pregrado: Arquitecta.

Postgrado: Especialista en Diseño Urbano.

Experiencia Laboral

167 meses.

Funciones

De acuerdo con el decreto 4785 de 2011 y el artículo 4 del Decreto 4819 de 2010 y el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, y las normas que los adicionen o modifiquen, el Gerente del Fondo Adaptación tendrá las siguientes funciones:

1. Ejercer la representación legal del Fondo Adaptación.

2. Ejecutar los planes y proyectos aprobados por el Consejo Directivo que deban celebrarse con cargo a los recursos del Fondo.

3. Presentar a consideración del Consejo Directivo las políticas generales de la entidad y los planes, programas y proyectos a ejecutar.

4. Celebrar como representante legal del Fondo los contratos de conformidad con el manual de funciones. 

5. Expedir los certificados correspondientes a las donaciones recibidas.

6. Celebrar los contratos o convenios para la participación del Fondo en aquellos esquemas de participación público-privada aprobados por el Consejo Directivo.

7. Celebrar los contratos necesarios para la ejecución de los esquemas de financiación estructurados por el Consejo Directivo.

8. Establecer los procesos de comunicación, información pública y participación comunitaria en los procesos intervenciones y demás actividades que realice el Fondo.

9. Coordinar las relaciones con las entidades nacionales e internacionales y liderar los procesos de cooperación.

10. Suscribir en calidad de representante legal los actos y contratos, ordenar los gastos y pagos y suscribir convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas a la entidad, con arreglo a las disposiciones vigentes y a los presentes estatutos.

11.Celebrar los negocios fiduciarios que se requieran para el manejo y disposición de los recursos del Fondo y que hayan sido aprobados por el Consejo Directivo.

12. Presentar para estudio y aprobación del Consejo Directivo el proyecto de estatutos internos, y las modificaciones a que haya lugar y, proponer al Gobierno Nacional la modificación de la estructura y la planta de personal.

13. Controlar el cumplimiento de los Acuerdos del Consejo Directivo.

14. Nombrar y remover el personal, efectuar los traslados y remociones y aplicar el régimen disciplinario, con arreglo a las normas vigentes.

15. Presentar a consideración del Consejo Directivo la estructura de la entidad y sus requisitos, así como el manual de funciones y procedimientos, necesarios para el cumplimiento de las funciones de la entidad.

16. Nombrar los apoderados especiales que demande la mejor defensa de los intereses de la entidad.

17. Someter a consideración y aprobación del Consejo Directivo el proyecto de presupuesto, sus adiciones y traslados, así como los estados financieros, de conformidad con las disposiciones orgánicas y reglamentarias sobre la materia.

18. Administrar y velar por la adecuada utilización de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio de la entidad.

19. Dirigir y coordinar las acciones relacionadas con el Sistema de Control Interno del Fondo.

20. Las demás que se relacionen con la organización y funcionamiento de la entidad y no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

Funciones

De acuerdo con el artículo 10 del Decreto  4785 de 2011 Son funciones de la Secretaría General del Fondo Adaptación las siguientes funciones:

1. Ejercer la secretaría del Consejo Directivo de la entidad y llevar los libros de actas correspondientes.

2. Implementar las políticas y normas establecidas a través de los manuales y circulares internas y por la normatividad vigente para el sector.

3. Apoyar a la entidad en su relación con los entes de control y vigilancia, y preparar, si es del caso, los informes requeridos.

4. Autenticar los documentos que le corresponda de acuerdo con la ley.

5. Dirigir los procesos de compras y contratación de bienes y servicios, ejecutarlos, elaborar los contratos y resoluciones respectivas y hacer su seguimiento conforme la normatividad vigente.

6. Informar al área competente las reservas económicas que se deben realizar con ocasión de los litigios adelantados en contra de la entidad.

7. Elaborar las resoluciones y demás actos administrativos relacionadas con las actividades del Fondo.

8. Dirigir los procesos de gestión de personal y proponer las políticas que guiarán la administración del recurso humano en la entidad.

9. Administrar el recurso humano de la entidad, en todo lo concerniente a vinculación, capacitación, bienestar, evaluación de desempeño y retiro de servidores.

10. Administrar la nómina de la entidad.

11. Liderar el proceso de comunicaciones internas y externas.

12. Participar en el proceso de identificación, medición y control de riesgos operativos relacionados con los procesos que se desarrollan en el área.

13. Coordinar la elaboración de los términos de referencia o pliegos de condiciones para las licitaciones, concursos y contrataciones directas que lo requieran.

14. Coordinar la presentación de respuestas del Gerente a los requerimientos de los miembros del Congreso, las Comisiones o las Plenarias y velar por que éstas sean entregadas al Congreso dentro de los términos legales.

15. Asesorar al Gerente, a los Subgerentes en asuntos de carácter jurídico y conceptuar sobre los asuntos jurídicos relacionados con el Fondo, cuya competencia no haya sido asignada a otras Direcciones.

16. Dar respuesta oportuna a los derechos de petición, tutelas y acciones de cumplimiento que sean incoados ante el Gerente del Fondo.

17. Coordinar con las diferentes Subgerencias del Fondo los asuntos jurídicos, con el propósito de unificar y fijar criterios y conceptuar sobre los temas que, según su naturaleza, hayan sido previamente proyectados y debatidos en otras dependencias, sobre los cuales existan criterios encontrados, y deba fijarse la posición jurídica del Fondo.

18. Notificarse, de acuerdo con la delegación realizada por el Gerente, de los diferentes procesos interpuestos con ocasión de la actividad del Fondo, y otorgar el poder correspondiente.

19. Hacerse parte en los procesos jurisdiccionales o administrativos, previa delegación o disposición del Gerente, que se promuevan con ocasión de la actividad del Fondo; así como coordinar la defensa de los procesos que se instauren ante las altas cortes, en los que se vean afectados o amenazados gravemente los intereses del Fondo.

20. Elaborar los contratos y/o convenios que requiera el Fondo, y velar por su perfeccionamiento y legalización, con excepción de los de competencia de otras dependencias de este Fondo.

21. Certificar la suscripción, legalización y vigencia de los contratos.

22. Liquidar los contratos dentro del plazo establecido.

23. Participar en la elaboración del plan estratégico, plan operativo, indicadores de gestión y mapa de riesgos de la Secretaría y la Función Jurídica y realizar su seguimiento y evaluación.

24. Coordinar y elaborar los diferentes informes exigidos por la ley, solicitados por los órganismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.

25. Definir el plan de acción de la dependencia, efectuar el seguimiento a su ejecución y evaluar los resultados

26. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Funciones

De acuerdo con el artículo 7 del Decreto 4785 de 2011, son funciones de la Subgerencia de Estructuración del Fondo Adaptación:

1. Gestionar el proceso de estructuración de programas y proyectos promoviendo el involucramiento de las mejores fuentes de estructuración técnica y financiera que 'amerite el proyecto, incluyendo los estudios, pliegos, requerimientos, hitos, esquema financiero y de manejo, que procuren la mejor solución al problema hacia el cual está enfocado el proyecto y la adecuada operación de los activos que se generen.

2. Acompañar a la Secretaría General, en los procesos de Contratación de estructuradores y gerentes de estructuración idóneos para la efectiva estructuración técnica, financiera y legal de los proyectos así como de inversionistas para complementar el fondeo de los proyectos.

3. Validar los proyectos que los terceros formulen para el Fondo.

4. Definir los requerimientos de adquisición predial, manejo ambiental y social de los proyectos a estructurar.

5. Contribuir en la coordinación ante las entidades competentes en la obtención de licencias y permisos requeridos, cuando así se establezca en los respectivos contratos.

6. Identificar y proponer, como resultado del análisis de viabilidad financiera, legal y técnica de los proyectos, las modificaciones requeridas a los mismos,asegurando el cumplimiento de los lineamientos y políticas de vinculación del capital privado emitidos por las entidades encargadas de la planeación.

7. Promover la realización de investigaciones sobre las condiciones de los mercados, con el fin de conocer las mejores prácticas en materia de inversión en infraestructura y demás sectores económicos a intervenir con proyectos financiados por el Fondo, tanto a nivel nacional como internacional,

8. Presentar los estudios definitivos de las estructuraciones técnicas, legales y financieras desarrollados, para su aprobación por parte de la Gerencia y del Consejo Directivo.

9. Promocionar los proyectos estructurados aprobados entre los potenciales inversionistas.

10. Elaborar en coordinación con la Secretaría General los términos de referencia y supervisar el proceso de contratación de las interventorías.

11. Preparar los reportes que le sean requeridos para la aprobación por parte del Consejo Directivo y/o de la Gerencia del Fondo en las diversas etapas de estructuración

12. Manejar y proponer las diferentes fuentes de apoyo adecuadas para la estructuración y gestión de la estructuración, incluyendo terceros y entidades oficiales

13. Acompañar a la Gerencia en las relaciones con bancos, fondos y otras posibles fuentes de financiamiento de los proyectos

14. Dar apoyo especializado en análisis, incentivos y estructuras financieras a las decisiones y definiciones de la gerencia del Fondo.

15. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

<br>Paola Miranda Morales

Paola Miranda Morales
Subgerente de Proyectospaolamiranda@fondoadaptacion.gov.co

Nivel Académico

Pregrado: Ingeniería Civil.

Postgrado: Especialización en Cooperación Internacional para el Desarrollo - Maestría en Medio Ambiente y Desarrollo.

Experiencia Laboral

136 meses.

Funciones

De acuerdo con el artículo 8 del Decreto  4785 de 2011, son funciones de la Subgerencia de Proyectos del Fondo Adaptación:

1. Coordinar de manera directa la ejecución de los proyectos que serán desarrollados por el Fondo en todas sus fases.

2. Actuar como responsable frente a los sectores en la ejecución de los proyectos que se adelanten por el Fondo.

3. Colaborar con la Gerencia del Fondo en el manejo de las relaciones con las autoridades sectoriales, incluyendo gremios y autoridades públicas correspondientes

4. Involucrar a los sectores gremiales para garantizar su apoyo y ayuda cuando sea .necesario

5. Colaborar con la Oficina de Planeación y Cumplimiento en la adopción de las directrices y lineamientos para el seguimiento y control de la ejecución de los proyectos individualmente considerados

6. Acompañar a la Subgerencia de Regiones en la gestión y ejecución de proyectos regionales.

7. Acompañar a la Subgerencia de Regiones en la identificación de proyectos integrales que pretendan efectuar intervenciones regionales, a partir de las solicitudes efectuadas por la autoridades locales para lograr soluciones definitivas

8. Involucrar a las autoridades gremiales en caso de que se necesite su apoyo u opinión en la gestión de los proyectos

9. Involucrar expertos y consultores externos cuando sea apropiada su opinión.

1O. Coordinar ejecución de comités Ad-hoc para estudiar la viabilidad de la ejecución de proyectos debido a su magnitud y complejidad.

11. Preparar reportes para la aprobación por parte del Consejo Directivo y/o de la Gerencia del Fondo frente a la ejecución de proyectos y en especial sobre las actividades de priorización y selección de proyectos.

12. Supervisar y controlar proyectos de gran envergadura con el apoyo de gerentes externos para proyectos específicos, interventorías y Direcciones Regionales.

13. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

<br>Andrés Charry Gómez

Andrés Charry Gómez
Subgerente de Regionesjorgecharry@fondoadaptacion.gov.co

Nivel Académico

Pregrado: Ingeniería Química.

Postgrado: Maestría en Medio Ambiente y Desarrollo.

Experiencia Laboral

190 meses.

Funciones

De acuerdo con el artículo 6 del Decreto  4785 de 2011 Son funciones de la Subgerencia de Regiones  del Fondo Adaptación:

1. Colaborar en la coordinación de los intereses de las regiones y sus comunidades y servir como facilitador en su relación con el Fondo.

2. Efectuar un análisis integral de las necesidades regionales que deben ser atendidas por el Fondo.

3. Coordinar y supervisar que los proyectos de carácter regional cumplan con una intervención integral de las necesidades regionales.

4. Promover participación de las instituciones y gobiernos locales en el desarrollo de los financiados por el Fondo así como en el seguimiento que debe realizarse de los proyectos en curso.

5. Desarrollar y mantener relaciones con los gobiernos e instituciones regionales

6. Facilitar la creación de comités departamentales para la evaluación de proyectos de carácter regional a ser financiados por el Fondo.

7. Coordinar las actividades desarrolladas por los comités departamentales dentro del proceso de priorización y selección de proyectos a ser financiados por el Fondo.

8. Realizar el acompañamiento y colaborar con gestiones requeridas para facilitar la ejecución de los procesos de contratación y ejecución de proyectos regionales a ser financiados por el Fondo.

9. Supervisar y controlar la ejecución de los proyectos regionales acompañado de las gerencias de proyectos e interventorías externas.

10. Reportar a la gerencia los problemas que se identifiquen en la ejecución de los proyectos de carácter regional y proponer las medidas para solucionar estos aspectos

11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Funciones

De acuerdo con el artículo 9 del Decreto  4785 de 2011, son funciones de la Subgerencia de Riesgos del Fondo Adaptación:

1. Promover la incorporación de la gestión de riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático en las principales decisiones y actividades del Fondo.

2. Promover que la gestión del riesgo sea un propósito fundamental en el proceso de estructuración de los proyectos que serán desarrollados por el Fondo.

3. Promover que los proyectos adelantados por el Fondo contribuyan a la reducción del riesgo de desastre, no reproduzcan las condiciones de vulnerabilidad y fortalezcan la capacidad de recuperación de las comunidades tras los desastres.

4. Asesorar la toma de decisiones del Fondo en la consideración de la gestión del riego de desastre en los procesos de priorización de proyectos.

5. Definir las políticas de producción y manejo de la información requerida para la correcta evaluación del riesgo de desastres en las acciones, proyectos e intervenciones que desarrolle el Fondo de Adaptación, en coordinación con las entidades públicas y privadas que hacen parte del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres.

6. Orientar y promover el proceso de identificación y evaluación de los factores de riesgo (amenazas, exposición y vulnerabilidad) en las regiones y sectores en los cuales se van a adelantar proyectos por parte del Fondo, en coordinación con las entidades nacionales y territoriales.

7. Orientar los procesos de evaluación de los posibles riesgos de desastre que pueden resultar de los proyectos o intervenciones desarrollados por el Fondo y promover el establecimiento de medidas para su control.

8. Definir el plan de acción de la dependencia, efectuar el seguimiento a su ejecución y evaluar los resultados.

Funciones

De acuerdo con el artículo 5 del Decreto  4785 de 2011 Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación del Fondo Adaptación:

1. Definir y someter a aprobación del Comité de Auditoría del Consejo Directivo, el modelo y el enfoque de auditoría que implementará el Fondo Adaptación.

2. Asesorar a la gerencia en la revisión periódica del cumplimiento de los objetivos misionales del Fondo.

3. Levantar la información necesaria para la toma de decisiones estratégicas, estableciendo la información primaria y secundaria que se recogerá de fuentes internas y externas.

4. Coordinar y ejecutar el ejercicio para definir periódicamente el direccionamiento estratégico del Fondo.

5. Generar el plan maestro de proyectos de la entidad, de acuerdo con los lineamientos estratégicos.

6. Asesorar a todas las áreas y personas responsables en los temas relacionados con la administración de proyectos.

7. Elaborar y solicitar aprobación del anteproyecto de presupuesto del Fondo y realizar el seguimiento a la ejecución del mismo.

8. Controlar y hacer seguimiento al cumplimiento de los objetivos de los planes de acción.

9. Colaborar en la planeación financiera del Fondo y comunicar los resultados a las áreas pertinentes.

10. Apoyar a las diferentes áreas en la recolección y producción de informes clave para los procesos y en el establecimiento de planes de mejora de los mismos.

11. Preparar los informes que sean de su competencia requeridos por los entes de control.

12. Liderar la definición, revisión e implementación de los programas de calidad y mejoramiento continuo de todos los procesos del Fondo.

13. Participar en el proceso de identificación, medición y control de riesgos operativos relacionados con los procesos que se desarrollan en el área.

14. Definir los instrumentos, metodologías y procedimientos para que el Fondo administre efectivamente los diferentes tipos de riesgo operativo, en concordancia con los lineamientos previstos en el sistema de administración de riesgos.

15. Desarrollar e implementar el sistema de reportes internos y externos de la entidad.

16. Coordinar la recolección de la información para alimentar el registro de riesgos operativos.

17. Evaluar el impacto de las medidas de control potenciales para cada uno de los eventos de riesgo operativo identificados y medidos.

18. Establecer y monitorear el perfil de riesgo operativo individual y consolidado de la entidad, e informarlo al órgano correspondiente.

19. Realizar el seguimiento permanente de los procedimientos y planes de acción relacionados con el sistema de administración de riesgo operativo de la entidad y proponer sus correspondientes actualizaciones y modificaciones.

20. Desarrollar los modelos de medición de los diferentes tipos de riesgo operativo.

21. Coordinar con la Secretaría General el desarrollo de programas de capacitación de la entidad acordes con el sistema de administración de riesgos operativos.

22. Realizar seguimiento a las medidas adoptadas para mitigar los riesgos operativos con el propósito de evaluar su efectividad.

23. Reportar periódicamente al Gerente la evolución de los riesgos operativos, los controles implementados y el monitoreo que se realice sobre el sistema de administración de riesgos de la entidad.

24. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

<br>María Claudia Gutiérrez

María Claudia Gutiérrez
Asesor con funciones de Control Interno mariagutierrez@fondoadaptacion.gov.co

Nivel Académico

Pregrado: Economía.

Experiencia Laboral

438 meses.

Funciones

De acuerdo con la Ley 87 de 1993, el Decreto 2145 de 1999 y las normas que los adicionen o modifiquen, las siguientes son las funciones del Auditor Interno:

Artículo 12º.- Funciones de los auditores internos. Serán funciones del asesor, coordinador, auditor interno o similar las siguientes:

  • Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno;
  • Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando;
  • Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función;
  • Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad;
  • Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios;
  • Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin que se obtengan los resultados esperados;
  • Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios;
  • Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional;
  • Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad correspondiente;
  • Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento;
  • Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas;
  • Las demás que le asigne el jefe del organismo o entidad, de acuerdo con el carácter de sus funciones.

Decreto 2145 de 1999:

Verificar la efectividad de los sistemas de control interno, para procurar el cumplimiento de los planes, metas y objetivos previstos, constatando que el control esté asociado a todas las actividades de la organización y que se apliquen los mecanismos de participación ciudadana.
Corresponde a estas oficinas presentar antes del 30 de enero de cada año el informe ejecutivo anual del Sistema al representante legal de la entidad, quien a su vez lo remitirá al Consejo Asesor en esta materia, en los términos del literal c) del artículo 5 del presente Decreto.
Los Jefes de las Oficinas de Control Interno o quien haga sus veces, de las entidades adscritas o vinculadas, también deberán presentar el mencionado informe a sus respectivas juntas o Consejos Directivos, así como a los responsables de la orientación y coordinación de los sectores administrativos.

Evaluar el proceso de planeación, en toda su extensión; implica, entre otras cosas y con base en los resultados obtenidos en la aplicación de los indicadores definidos, un análisis objetivo de aquellas variables y/o factores que se consideren influyentes en los resultados logrados o en el desvío de los avances. La identificación de estas variables, su comportamiento y su respectivo análisis permite que la formulación de las recomendaciones de ajuste o mejoramiento al proceso, se realice sobre soportes y criterios válidos y visibles fortaleciendo así la función asesora de estas oficinas.

Evaluar que estén claramente definidos los niveles de autoridad y responsabilidad y que todas las acciones desarrolladas por la entidad se enmarquen dentro de este contexto.

Evaluar los procesos misionales y de apoyo, adoptados y utilizados por la entidad, con el fin de determinar su coherencia con los objetivos y resultados comunes e inherentes a la misión institucional.

Asesorar y acompañar a las dependencias en la definición y establecimiento de mecanismos de control en los procesos y procedimientos, para garantizar la adecuada protección de los recursos, la eficacia y eficiencia en las actividades, la oportunidad y confiabilidad de la información y sus registros y el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales.

Evaluar el sistema de control interno de la entidad, con énfasis en la existencia, funcionamiento y coherencia de los componentes y elementos que lo conforman y presentar informes a la Dirección y al Comité de Coordinación de Control Interno de la entidad, con el propósito de que allí se evalúen, decidan y adopten oportunamente las propuestas de mejoramiento del sistema.

Ley 1474 de 2011, Artículo 9°.Incisos segundo y tercero. Reportes del responsable de control interno.

Reportar al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, así como a los Organismos de Control, los posibles actos de corrupción e irregularidades que haya encontrado en el ejercicio de sus funciones.

Publicar cada cuatro (4) meses en la página web de la entidad, un informe pormenorizado del estado del control interno de dicha entidad, so pena de incurrir en falta disciplinaria grave.

Dependencias

Área  Funcionario Encargado  Correo


Control Interno de Gestión


María Claudia Gutiérrez


mariagutierrez@fondoadaptacion.gov.co


Gerencia


Helga Rivas


helgarivas.gerencia@fondoadaptacion.gov.co 


Secretaría General (e) 


Diana Páez


dianapaez@fondoadaptacion.gov.co


Oficina de Planeación y Cumplimiento (e)


Mario Ortiz

marioortiz@fondoadaptacion.gov.co


Subgerencia de Estructuración (e)

 

Gerardo Trejos 


gerardotrejos@fondoadaptacion.gov.co


Subgerencia de Gestión del Riesgo (e)


Julio Báez


juliobaez@fondoadaptacion.gov.co


Subgerencia de Proyectos 


Paola Miranda


paolamiranda@fondoadaptacion.gov.co


Subgerencia de Regiones


Andrés Charry


andrescharry@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Macroproyecto Canal del Dique 


Herbert Willy Arciniegas 


herbertarciniegas@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Proyecto Integral La Mojana


Herbert Willy Arciniegas


herbertarciniegas@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Macroproyecto Jarillón de Cali






E.T. Macroproyecto Gramalote


Julio César Báez


juliobaez@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Gestión del Suelo






E.T. Gestión Social


Lina Natalia Ramirez


linaramirez@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Reactivación Económica


Gerardo Trejos

gerardotrejos@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Sector Vivienda


Julio César Báez


juliobaez@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Sector Acueducto
y Saneamiento Básico


Rodrigo Angúlo Rincón


rodrigoangulo@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Sector Educación 


Rodrigo Angúlo Rincón


rodrigoangulo@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Sector Salud

 
Rodrigo Angúlo Rincón


rodrigoangulo@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Sector Transporte
 






E.T. Comunicaciones

 

comunicaciones@fondoadaptacion.gov.co
prensa@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Tecnologías de la Información


Armando Fonseca


armandofonseca@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Control Interno Disciplinario 





E.T. Talento Humano

 

talentohumano@fondoadaptacion.gov.co


E.T. Liquidaciones e Incumplimientos



 


E.T. Gestión Jurídica Misional






E.T. Gestión Contractual






E.T. Gestión De Defensa Judicial, Extrajudicial
y Cobro Coactivo
 



 

Consejo Directivo Fondo Adaptación

Acorde al Articulo No.2 del Decreto 4819 de 2010 la Dirección y Administración del Fondo estará a cargo de un Consejo Directivo, el cual estará integrado de la siguiente manera:

1. Un representante designado por el Presidente de la República, quien lo presidirá.

2. El Ministro del Interior y de Justicia o su delegado.

3. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.

4. Un Ministro designado por el Presidente de la República en atención a los proyectos o asuntos puestos a consideración del Consejo.

5. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, o su delegado.

6. El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.

7. Cinco (5) miembros del sector privado designados por el Presidente de la República.

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Lunes a Viernes de 8am a 4pm
Jornada continua
Contacto


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Contacto:
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Radicación electrónica:
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(exclusivamente para recibir notificaciones judiciales)
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Última actualización: 25/4/2024
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