Informes Rendición de Cuenta Fiscal
De acuerdo con la Resolución Orgánica 7350 de 2013 expedida por la CGR, la presente información responde a las siguientes definiciones:
- Rendir cuenta o informes. Se entiende por “informar” y “responder”, la obligación que tiene todo funcionario público y/o particular de comunicar a la Contraloría General de la República, la gestión fiscal desarrollada con los recursos públicos y asumir la responsabilidad que de ella se derive. Es el deber legal y ético de todo funcionario o persona de “informar” y “responder” por la administración, manejo y rendimiento de fondos, bienes o recursos púbicos asignados y por los resultados en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido.
- Cuenta o Informes. Información que se debe presentar a la Contraloría General de la República sobre las actuaciones legales, técnicas, contables, financieras y de gestión, como resultado de la administración, manejo y rendimiento de fondos, bienes o recursos públicos.
- Cuenta o Informe Anual Consolidado. Es la información que debe presentar el Fondo Adaptación sobre la administración, manejo y rendimiento de fondos, bienes o recursos públicos, por una vigencia fiscal determinada.
Encuentre aquí el listado de informes de rendición de la cuenta fiscal a la Contraloría General de la República.